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Los
comités de bioética: aproximaciones a los comités de ética de
la investigación
clínica |
Fabio
Alberto Garzón Díaz
Filósofo. Master en Bioética de la organización
Panamericana de la salud y la Universidad de Chile.
Miembro de la Comisión de ética de AVANZAR.
Coordinador del Programa de Bioética de la Universidad Militar
"Nueva Granada"
Editor de la Revista Latinoamericana de Bioética.
Asesor en Bioética de la organización Internacional
Sanitas
Introduccion
A comienzos del siglo pasado se oían las discusiones acaloradas
entre los científicos y los humanistas sobre el estatuto
de la ciencia. Para unos la ciencia es valorativamente neutra: los
científicos investigan en sus laboratorios por el amor a
la ciencia, al conocimiento; las consecuencias de sus investigaciones
no eran problema de los científicos, sino de los políticos...
Para otros, posturas como estas son inaceptables: la ciencia y los
científicos tienen un compromiso social y deben ser conscientes
que todo lo técnicamente posible no es éticamente
correcto.
Sin embargo, la historia de la humanidad le daría la razón
a estos últimos: la ciencia perdió su encanto. La
Ciencia, y en especial la Física, se desencantó el
6 de agosto de 1945, cuando cayó la primera bomba nuclear
en Hiroshima y unos días después en Nagasaki. Pero
el desencanto no paró allí, llegó a la Medicina
en 1939, cuando Hittler autoriza el comienzo del programa Aktion
T. 4. Se trataba de un programa de eugenesia en niños menores
de 3 años con defectos congénitos, que en 1941 se
ampliará a niños menores de 17 años y en 1943
a niños sanos judíos y de otras razas. El desencanto
continúa en 1961 con la catástrofe del somnífero
Contergan (talidomida), medicamento que más daño ha
hecho en las últimas décadas, sintetizada en 1956
por la compañía alemana Chemie Grünental. A partir
de 1958 salió al mercado en 11 países occidentales,
17 de Asia y 7 de África. Fue utilizado como hipnótico
suave y se vendió como sedante para las náuseas, vómito
y malestares del embarazo con una buena tolerancia aún a
dosis mayores a las indicadas. El primer apunte sobre el posible
agente causal fue publicado el 16 de diciembre de 1961 en "The
Lancet" como una carta al director, escrita por el médico
australiano W.G. McBridel. En ella se sugería la relación
entre el consumo de talidomida y la aparición de malformaciones
congénitas.
Cinco años después de haber salido al mercado dejó
entre 4.000 y 12.000 niños con malformaciones en todo el
mundo, de los que aproximadamente el 15% había fallecido
en 1957, ya fuera por efecto del fármaco o en algunos casos
por infanticidio a manos de las madres angustiadas. La talidomida
se retiró del mercado en el año de 1962.
Pero el asunto no paró allí. Una portada del New York
Times informa al mundo entero del estudio de Sífilis de Tuskegee.
Se trata de un estudio realizado en una zona muy pobre del contado
de Alabama (USA) para observar la evolución natural de la
sífilis. El estudio había comenzado en 1932 y se estaba
realizando en 400 varones de raza negra con sífilis. Otro
grupo de 200 sujetos actuaban como grupo control. Ningún
individuo había sido informado, y tampoco se les había
suministrado terapia alguna para combatir la enfermedad -a pesar
de que desde 1941 estaba disponible la penicilina-. En el momento
de publicarse la información (1972) el estudio todavía
continuaba.
Debido a estos hechos lamentables la comunidad científica
se levantó unánime y condenó los acontecimientos
anteriores exigiendo una serie de normatividad estricta para que
no volvieran a ocurrir estos sucesos. Así fue como nacieron
los códigos, las declaraciones, los convenios, y demás
documentos, que tienen como finalidad reglamentar la investigación
clínica que utilice seres humanos. Entre los más importantes
tenemos:
1948.
Se promulga el Código de Nüremberg, como conclusión
de los procesos judiciales contra los médicos nazis.
1964. La 18a. Asamblea Médica Mundial promulga la Declaración
de Helsinki, como actualización de las normas éticas
que deben guiar la experimentación con humanos. Será
revisada en sucesivas Asambleas en 1975, 1983, 1989 y 2000.
1978. Se publica el Informe Belmont, fruto del trabajo realizado
por la National Commission for the Protection of Human Subjects
of Biomedical and Behavioral Sciences (USA) entre 1974 y 1978.
1996. International Conference on Harmonization, publica la Guías
para la Buena Práctica Clínica (FDA)
1993. Normas científicas, técnicas y administrativas
para la investigación en salud del Ministerio de Salud
de Colombia. Resolución #008430 de 1993.
La
investigación en Colombia se rige por las "Normas científicas,
técnicas y administrativas para la Investigación en
salud" expedidas por el Ministerio de Salud. El título
1 "sobre disposiciones generales" reza así:
"Las instituciones que vayan a realizar investigación
en humanos, deberán tener un Comité de Ética
de la Investigación, encargado de resolver todos los asuntos
relacionados con el tema"
Más adelante insiste:
"La investigación que se realice en seres humanos se
deberá desarrollar conforme a los siguientes criterios:
g. Se llevará a cabo cuando se obtenga la autorización
del representante legal de la institución investigadora y
de la institución donde se realice la investigación;
el consentimiento informado de los pacientes; y de la aprobación
del proyecto por parte del Comité de Ética en investigación
de la institución (las cursivas son mías)" Título
III De la Investigación en seres humanos. Capítulo
1 De los aspectos éticos en seres humanos. Artículo
6. "Normas científicas, técnicas y administrativas
para la Investigación en salud" Ministerio de Salud
Resolución No 008430 de 1993 (4 de octubre de 1993) República
de Colombia.
Por
otro lado, el Ministerio de Salud, en su resolución número
13437 del 1 de noviembre de 1991 resuelve: Artículo 2 "conformar
en cada una de las entidades prestadoras del servicio público
y privado, un Comité de Ética Hospitalaria, el cual
deberá ser integrado de la siguiente manera: 1. Un representante
del equipo médico y un representante del personal de enfermería,
elegidos por y entre el personal de la institución. 2. Dos
delegados elegidos por y entre los representantes de las organizaciones
de la comunidad que formen parte de los comités de participación
comunitaria del área del organismo prestador de salud.
Parágrafo: en las entidades
de salud que dentro de su área de influencia presten atención
a las comunidades indígenas, se deberá integrar al
Comité de Ética Hospitalaria, un representante de
dicha comunidad".
En conclusión, el articulo "LOS COMITÉS DE BIOÉTICA:
aproximaciones a los Comités de ética de la investigación
clínica" pretende no sólo ser un ayuda a la normatividad
jurídica colombiana, sino, porque en estos 30 años
de florecimiento de Bioética, sus acciones están cada
día encaminadas a la protección de los pacientes/sujetos
de investigación. La autonomía de los pacientes en
la toma de decisiones clínicas, por un lado, y el consentimiento
informado de los sujetos que entran en una investigación,
por otro lado, son conquistas que le debemos básicamente
a la Bioética.
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